sábado, 12 de diciembre de 2015

La Responsabilidad Social Corporativa y su aplicación a las empresas hoteleras de Fuerteventura



I. Qué es la RSC

También llamada Responsabilidad Social Empresarial (cuando sólo se aplique a las empresas y no a cualquier organización) se define (1) como la contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de las empresas, generalmente con el objetivo de mejorar su situación competitiva, valorativa y su valor añadido.  

Es un concepto empresarial de primera importancia ya que enlaza a la empresa privada capitalista y sus necesarios beneficios, con el bienestar de la sociedad en la que desarrolla su actividad.

En este sentido organizaciones como la OIT (2) la promueve como medida prioritaria. Igualmente las Naciones Unidas en 1999, a través del Pacto Mundial UN Global Compact (3), y, la propia Unión Europea en 2001, mediante el Libro Verde para fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas (4)

El hecho de ser una política organizativa de carácter voluntario no le resta fuerza, ya que, al igual que las otras normas más conocidas como la de calidad ISO9000 y la medioambiental ISO14001, el poseer un sistema certificado por tercero en las mismas, además de la ventaja competitiva en cuanto a su gestión interna y mejora de la imagen frente a sus clientes e inversores es tenida en cuenta tanto por los propios clientes y usuarios, como por la administración como baremo de puntuación en licitaciones y subvenciones.


II. Qué incluye la RSC

Por tanto, este concepto promueve, simultáneamente a la necesaria rentabilidad empresarial, la mejora de la economía, el medioambiente y, en general, la sociedad en la que desarrolla su actividad. Dado que, como veremos, la norma es de objetivo muy amplio, podemos esquematizar y simplificar  los pilares que la sustentan para nuestro interés en:
  1. Clientes (externos): Calidad. Por ejemplo con certificación por tercero de ello del Sistema Integral de Calidad Turística En Destino (SICTED), cumplimiento de normas internacionales de Calidad, UNE-EN-ISO  9001, o Q de Calidad Hotelera o justificación de tener sistema interno no certificable por tercero, como por ejemplo Sistema 6sigma o cualquier otro  apropiado para la medición y el proceso de mejora continua de la calidad percibida por los clientes. 
  2. Entorno físico: Medio Ambiente. De manera similar, mediante la certificación por tercero según la norma UNE-EN-ISO 14001.
  3. Entorno económico: Referido a la vinculación del establecimiento con el resto del tejido económico en relación a oferta de productos de elaboración en la isla, condiciones de suministro, satisfacción de proveedores, etc. Igualmente sería válida la adscripción y cumplimiento del acuerdo del sector primario y hotelero en Canarias
  4. Entorno sociolaboral: Valorando las condiciones laborales, tanto en lo que respecta a cumplimiento de normas la SA8000 (Social Accountability Standard 8000) focalizada en las condiciones laborales y desarrollada por el Council on Economic Priorities y aplicada por SAI  (5) u OSHAS 18001 (6), estudios de ergonomía o parámetros y ratios marcados por los organismos internacionales en lo referente a personal/número de clientes, remuneración, formación y satisfacción de los mismos. 


III. Qué norma desarrolla y quién certifica

El sistema de certificación en España se apoya en la existencia de una entidad, ENAC Entidad Nacional de Acreditación (7) que acredita a las organizaciones que pueden certificar el cumplimiento de una determinada norma, como AENOR, Bureau Veritas, TUV, Lloyds, Register, entre las más conocidas. Y las normas más usuales por las que se certifican ante éstas organizaciones, suelen ser las de la Organización Internacional de Estandarización o International Standar Organization (ISO) (8) tales como familia ISO 9000 para calidad, 14.001 para medioambiente, 27001 para seguridad en la información, etc. Dado que estas normas están editadas en inglés, la versión válida para su aplicación a organizaciones españolas es la UNE-EN-ISO, en el que EN indica que es una norma europea y UNE es Una Norma Española ya editada y aprobada por el único organismo nacional oficial de edición de normas técnicas o normalización: AENOR (9)

En lo que respecta a las normas para las que se pueda certificar que una determinada organización cumple con una RSC, tenemos actualmente las normas de entidades reconocidas como oficiales, , así como la norma SGE 21 de Foretica (10), norma que certifica globalmente la RSC en todos sus ámbitos. En noviembre de 2010 fue publicada la norma-guía ISO 26000, desarrollada con la participación de 450 expertos participantes y 210 observadores de 99 países miembros de ISO y 42 organizaciones vinculadas. La ISO 26000 (11) no tiene por finalidad ser certificable ni un sistema de gestión, sino orientar las organizaciones en la introducción de prácticas socialmente responsables.

IV. Qué proceso debe seguirse y qué coste implica

La entidad que quiera certificarse como cumplidora de la Responsabilidad Social Corporativa es recomendable, tal y como hemos visto, seguir la guía marcada por la ISO 26000 que, indicará los pasos y medidas a tomar para alcanzar la certificación.

Una vez preparada, deberá elegir la norma por la que quiere certificar que su sistema de gestión cumple con la RSC y contratar los servicios de la entidad certificadora.

El coste de este proceso, al igual que en el de cualquier norma que quieran certificarse, es variable y depende del tamaño y de la complejidad de la organización. El coste de gestión interna en cuanto a tener equipo responsable de este apartado es prácticamente el mismo del ya existente del departamento y responsable del sistema de calidad (y normalmente de medioambiente). Hay un coste en adaptación de procesos para cumplimiento de la norma y, por supuesto el coste de la certificadora (aunque éste no sea ni por mucho el principal ya que para un único centro de trabajo o instalación hotelera no conlleva habitualmente más de dos días de auditoría). Por último, es normal contar con un asesor externo tanto como auditor interno como para las gestiones  relacionadas con el trámite de la certificación.


V. Ejemplos y aplicación al sector hotelero

Como no podía ser de otra forma, la propia Organización Mundial del Turismo, a través de su Secretario General ha realizado un comunicado hace apenas unos días en el que remarca este aspecto:
«Cuestiones tales como el cambio climático, la gestión eficaz de los recursos, la reducción de la pobreza y el crecimiento inclusivo deben estar en el eje del desarrollo turístico. Una vez aprobados los Objetivos, es hora de pasar a la acción, y es hora de promover políticas y estrategias de negocio que sigan de cerca y minimicen los efectos negativos del desarrollo turístico y multipliquen su impacto positivo, concretamente mediante la distribución de sus beneficios entre las comunidades receptoras»,

Las empresas hoteleras que más volumen de plazas ofertan normalmente ya están implicadas en la certificación de sus sistemas tanto de calidad como medioambiental (lo que comúnmente se conoce como sistemas integrados calidad-medioambiente), por lo que justificando un cumplimiento en cuanto a estudios ergonómicos y de condiciones laborales, así como de vinculación con la economía local podrán acceder sin mayores problemas a una certificación en RSC.

Como herramienta ya presente, diversas cadenas se han implicado en proceso de gestionar la RSC. El principal grupo de comunicación de la propia patronal del sector, Hosteltur (12) indica la importancia de apuntarse a este proceso. En este sentido, las principales cadenas ya están certificadas por tercero o en trámite: Meliá (13), NH Hoteles (14), Catalonia (15), RIU (16), entre otras muchas.

En resumen, un sello de las empresas hoteleras implicará un compromiso a largo plazo y de mejora continua en los cuatro pilares de nuestro sector:
  • Calidad: Permitiendo la viabilidad futura con un proceso de mejora continua
  • Medioambiente: Garantizando la correcta gestión de los recursos naturales
  • Laborales: creando empleos acordes a las necesidades de la empresa
  • Socioeconómicos: Vinculando la actividad con la economía local

VI. Referencias

miércoles, 9 de diciembre de 2015

La solidaridad... bien entendida

Hoy ha muerto una vecina mía, presuntamente, en manos de su pareja: Ni una mujer más asesinada por violencia machista

A ver si entendemos que la solidaridad, como cualquier otra característica admite una gradación, y no por ello encontrar antagonismo en la discrepancia de opiniones, me explico:

La solidaridad empieza por "los nuestros", por los que son de nuestra familia, de nuestro pueblo o ciudad, de nuestro gremio o sector...: Nos obliga el "podría haberme ocurrido a mi" y, por tanto, el ser solidario es visto, a mi modo de entender de manera injusta, como interesada.

El siguiente escalón es el que fenomenalmente representa el poema que Bertolt Brecht popularizó del discurso de Martin Niemöller: "Primero vinieron a buscar..." Debemos solidarizarnos con los que no son los nuestros, porque sino, cuando seamos nosotros los inocentes, nadie nos apoyará. Espera una ayuda, una recompensa por esa solidaridad, pero es solidaridad

Es por ello, que yo entiendo que la mayor solidaridad es aquel sentimiento de apoyo por cualquier inocente, con independencia de su vinculación conmigo, sin perjuicio que cualquier acto de solidaridad merezca mi respeto y reconocimiento.

La víctima con quién me solidarizo hoy, es una mujer de mi entorno y ello no menoscaba la solidaridad que tengo con aquellas mujeres que hoy mismo han sido asesinadas en manos de sus parejas o exparejas en otros países de todo el mundo ni con los hombres que, en mi país, este año igualmente han sido asesinados por sus ex mujeres, ni con cualquier inocente...
De igual manera mi solidaridad con las víctimas (inocentes!) de los atentados terroristas de París y con los, igual de inocentes (y ese es el quid de la cuestión), asesinados ese mismo día en atentados de Beirut.

Aunque a priori pueda parecer que tratar este tema en un blog que pretenciosamente pueda ser de Política Económica, he llegado a la conclusión que no tanto y, por ello, creo que no traiciono esa norma al decir que la política debe estar al servicio de las personas: Las Económicas para atender a los inocentes de mi país y las internacionales las de fuera, para que no haya ni una mujer más asesinada en mi país y ni un atentado más que nuestro gobierno podría haber ayudado a evitarlo.

La solidaridad para con el inocente nunca es mala…

lunes, 2 de febrero de 2015

Empoderamiento ciudadano en el ámbito local. Clave de las políticas económicas



Publico aquí el fenomenal artículo elaborado por Maricarmen Méndez Altozano sobre incrementar la participación ciudadana y su comparación con la situación actual en Canadá. El empoderamiento ciudadano en cuanto a la propia gestión de los presupuestos municipales es la clave del éxito de las políticas económicas locales que proponemos.

PROPUESTA PARA INCREMENTAR LA PARTICIPACION CIUDADANA EN LOS AMBITOS LOCAL E INSULAR

I: LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
i. Introducción
La descentralización y democratización de los gobiernos promovió en su momento un trasvase de competencias a las entidades locales e insulares. La razón se debió en parte a la idea de que, son estas colectividades, quienes mejor pueden satisfacer las necesidades ciudadanas por ser las más cercanas a los vecinos. En España fue el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, el habitualmente denominado ROF de 1986, el que reguló principalmente los instrumentos para la participación ciudadana en los Ayuntamientos.
Su fracaso desde el primer momento fue evidente. Basado en una forma antigua de hacer política, era necesario un cambio de mentalidad que no se quiso o no se supo recoger. Para lograr la necesaria influencia de los ciudadanos en las decisiones públicas debemos, por ello, reformular la relación Administración-Ciudadanía y reforzar el papel de ésta última.
Las razones para este cambio son múltiples:
1.- Existe un incremento en la falta de conexión entre los ciudadanos y el gobierno y que se manifiesta en un descenso en el número de votantes, una menor confianza hacia los gobernantes y funcionarios o en una mayor petición de transparencia y responsabilidad de los poderes públicos.
2.- Los actuales mecanismos de participación y sus prácticas reflejan un modo antiguo de hacer política completamente desfasado.
3.- Existe una ciudadanía mejor formada e informada que demanda opinar y ser tenida en cuenta en la toma de decisiones que le afecten y, finalmente
4.- La tecnología actual ha facilitado una mayor relación con los demás y originado un público que tiene su propia agenda y que es hostil hacia un sistema que parece ignorarle.

ii. Objetivos
1.- Crear nuevas relaciones entre Ayuntamientos y Cabildos y la ciudadanía a través de la valoración de las necesidades locales.
2.- Integrar dichas necesidades en el proceso de toma de decisiones.
3.-Desarrollar mecanismos de participación para que puedan involucrarse los afectados de las decisiones tomadas por dichas entidades.
Se trata de cambiar la dinámica actual y pasar de un modelo de Ayuntamientos/Cabildos que escuchan a los ciudadanos a otro en el que la ciudadanía controla y participa en las decisiones de Ayuntamientos/Cabildos. Esto es, pasar de ser ciudadanos pasivos a ser ciudadanos activos.
La participación ciudadana debe tomar especial relevancia, ya que es elemento fundamental de esta nueva forma de trabajo de Ayuntamientos y Cabildos.
Podemos decir que la corriente actual a favor de una mayor integración de la ciudadanía en la toma de decisiones es no sólo algo inevitable sino, además deseable. De hecho cuando la ciudadanía está plenamente integrada en el proceso político su sentido de empoderamiento, de toma de control, aumenta y las posibles opciones políticas del gobierno reflejarán los motivos y preocupaciones reales de los ciudadanos. El resultado: mejores ciudadanos y mejores decisiones políticas.

iii. Alcance
Esta propuesta está basada en la experiencia que, durante años, se ha llevado a cabo en los ayuntamientos de Canadá. Concretamente, en la estrategia desarrollada por el ayuntamiento de Kingston (Ontario) para facilitar la consulta y participación del público en la toma de decisiones del Ayuntamiento.
Está centrada en el Ayuntamiento de Puerto Rosario y el Cabildo de Fuerteventura, pero es un marco general aplicable a toda Administración local.
Su alcance será mayor cuando el sistema electoral actual cambie, ya que lo ideal sería la formación de listas abiertas, para que se vote a candidatos y no a partidos.
Los resultados serían, a priori:
1.- Democratización de las instituciones locales para que éstas queden al servicio de la ciudadanía.
2.- Mayor transparencia en la gestión local y, por ende, menor posibilidad de corrupción.
3.- Posibilidad de reducir el número de concejales, al tener una administración más profesional y activa.

iv. Coste
.- Económico: es moderado e incluye los costes de producción y distribución de panfletos, hojas informativas, presentaciones antes de las reuniones, publicidad, etc. La participación ciudadana es voluntaria
.- Personal: alto. Todos los grupos necesitan de la participación y dedicación de los técnicos/funcionarios del Ayuntamiento y Cabildo. Son éstos los que trasladan las conclusiones de los grupos al redactar las propuestas concretas para, posteriormente, su aprobación en el Ayuntamiento. Los técnicos /funcionarios no tienen derecho a voto.

v. Estudio Comparativo  (Puerto del Rosario vs Kingston)
PUERTO DEL ROSARIO (FUERTEVENTURA)
La participación ciudadana está regulada en el “Reglamento de participación ciudadana” (art. 8) y se articula a través de dos órganos:
A.- Consejo Municipal:
Composición: .- Alcalde + 6 concejales (1 x cada grupo político) + el concejal de Participación Ciudadana.
. -5 representantes de asociaciones y colectivos ciudadanos inscritos en el  Registro Municipal (en la actualidad hay 104 asociaciones registradas).
Funciones:       .- Informativa y de debate de las líneas generales de actuación del Ayto.
                        .- Expresar su parecer en aquellos asuntos que el Ayto. decida someterle.

B.- Consejos Sectoriales
Reuniones puntuales con AAVV, Asociaciones Culturales, etc.

KINGSTON (ONTARIO, CANADÁ)
La participación se realiza a través de Comités de trabajo (en la actualidad hay 36)
Son de dos tipos:
A.- Legales: establecidos por obligación legal. Por ejemplo: Comité del Taxi o el Comité de   Apelaciones creado por la legislación sobre edificación y vivienda (Building Code).
B.-De asesoramiento: creados por normativa municipal. Por ejemplo: de Asesoramiento Medioambiental,  de Patrimonio Municipal, de Vivienda, Discapacidad, Arte y Cultura, etc.
Funciones: - A pesar de su nombre poseen funciones no sólo de asesoramiento técnico sino también para revisar políticas o procedimientos actuales.  
-                Igualmente son órganos para ayudar a la toma de decisiones y de vigilancia y control de la actuación del ayuntamiento.

Composición: Variada. Normalmente
.1 o 2 concejales                                             
. De 3 a 10 miembros del público   e incluyen representantes de grupos/sectores  especialmente interesados.                                                                 
.como fuente de asesoramiento

vi. Crítica: ¿por qué el sistema actual no funciona?
Comparando los dos sistemas podemos señalar que:
1.- En Kingston, la participación se concibe como un eje transversal que atraviesa toda la actividad municipal, como una forma de trabajar, de tratar con la ciudadanía y de acercar la actividad municipal a las necesidades y demandas de la sociedad. Baste decir que hay 36 comités trabajando en todas las áreas de la actividad municipal.
Por el contrario en Puerto del Rosario la participación es un asunto a tratar desde una concejalía situada al mismo nivel que el resto.
2.-En Puerto del Rosario la composición de los Consejos está politizada y los convierte en un espacio de debate entre los diferentes partidos más que un espacio de debate y consulta entre la ciudadanía y la administración local. Es decir, con escasa influencia de la ciudadanía en las decisiones públicas.
Por el contrario en Kingston su composición hace que siempre haya una mayoría de ciudadanos que participa e incide en el resultado final.
3.- En Kingston la composición de los comités asegura que todos puedan participar y tanto a título individual o como miembro de una organización o asociación. En Puerto del Rosario los ciudadanos que no formen parte, porque no quieran o no puedan, de alguna asociación quedan excluidos del proceso.
4.- En cuanto a sus funciones la participación en Puerto del Rosario está concebida fundamentalmente como un vehículo para que el Ayuntamiento informe a los ciudadanos. Es pasiva: el flujo de información es unidireccional.
En Kingston, la participación es activa: el sistema permite una interacción entre la ciudadanía y el gobierno.

vii. Nueva estrategia de participación ciudadana.
A la vista de lo anterior no cabe duda de que se necesitan nuevas estrategias de participación ciudadana. Estrategias que impliquen una reformulación de la relación Administración-ciudadano creando instrumentos más motivadores y cercanos a la población.
Por ello proponemos la creación de comités de trabajo como órganos de participación no sólo de asociaciones o agrupaciones sino dónde el ciudadano individual pueda encontrar su voz.

El eje esencial de la misma es que la ciudadanía pueda participar en todo el proceso de toma de decisiones y no únicamente en una fase final en la que únicamente puede presentar alegaciones o sugerencias como ocurre actualmente, por ejemplo, con el proceso de información pública. No se trata de suprimir instrumentos, ya que dar y/o recabar información es esencial. Además estar informado es necesario para poder participar activamente.
Por el contrario, la creación de grupos de trabajo/comités implica un método que se propone, debe ser utilizado en el día a día del ayuntamiento y conjuntamente con los métodos de participación ya existente.
En un primer momento el Ayuntamiento será quien deberá de llevar la iniciativa en su propuesta de creación al tratarse de una iniciativa novedosa y que implica un cambio en la forma de trabajo. Ya que ésta implica, como dijimos, una interacción entre los ciudadanos, personal del ayuntamiento y concejales.
Igualmente y por comodidad se pueden formar comités teniendo en  cuenta las áreas temáticas actualmente existentes: parques y zonas  verdes, transportes, servicios sociales, turismo, playas etc. en el que  participen,  además del público en general, aquellos sectores especialmente  interesados: empresas turísticas, por ejemplo, o asociaciones de vecinos  o clubes deportivos, etc. Más adelante y según necesidades podrían formarse comités sectoriales (barrios por ejemplo) o incluso temáticos. La creación de los mismos se realizaría a petición de los propios interesados, público en general o personal del ayuntamiento.

La nueva estrategia implica una puesta al día de los mecanismos de participación que supondrá una nueva relación entre los ciudadanos y su gobierno.

CONCLUSIONES
La complejidad de los temas a los que nos enfrentamos actualmente significa que la ciudadanía debe formar parte de las soluciones que se tomen. Todos debemos ser tenidos en cuenta.
Se evidencia que el método actual en España, y en Puerto del Rosario en particular, no permite desarrollar una representación ciudadana real. Por otro lado, nuestra propuesta empodera al ciudadano al hacerle partícipe, no solo de la información relativa a cómo se gastan sus impuestos, sino de la propia decisión de cómo hacerlo. Si en otros lugares se ha hecho, aquí ¡Sí Se Puede!






II. EJEMPLOS DE COMITÉS A CREAR

AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO
Nombre del Comité: Comité de control de los servicios municipales otorgados en concesión.
Informe:                     Pleno del Ayuntamiento.
Composición:             1 Concejal
                                   3 miembros del público
                                   2 representantes de empresas situadas en zonas industriales
Competencias:           Controlar la gestión de las empresas concesionarias Degremont, Lumican, Fomento y Seranca.
                                    Recibir quejas y dudas de los ciudadanos acerca de la prestación de los servicios.
                                    Hacer recomendaciones
Duración del nombramiento: 
                                    Programa piloto: 12-18-24 meses escalonados.

AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO
Nombre del Comité: Comité de Deportes.
Informe:                     Pleno del Ayuntamiento.
Composición:             1 Concejal
                                   3 miembros del público
                                   7 representantes de clubes/asociaciones deportivos
Competencias:           Identificar, priorizar y asistir al ayuntamiento en la realización de eventos, jornadas, campamentos, etc.
                                    Hacer recomendaciones.
.
Duración del nombramiento: 
                                    Programa piloto: 12-18-24 meses escalonados
                                    .
CABILDO DE FUERTEVENTURA
Lo que se ha hecho: “Sale a licitación el Hotel Rural de Los Rugama”
http://www.fuerteventuradiario.com/sale-licitacion-el-hotel-rural-casa-de-los-rugama/
(Nota: el Consejero de Turismo D. Blas Acosta, es al mismo tiempo, Presidente de la Mesa de Contratación. Esperemos que se aparte en este caso).
Lo que se podría haber hecho:

Grupo de Trabajo Hotel Rural Casa Rugama: Descripción 
El Cabildo de Fuerteventura es propietario del Hotel Los Rugama ubicado en la localidad de Casillas del Angel, en el municipio de Puerto del Rosario. Dicho Hotel representa a las haciendas rurales del s.XVIII  y fue rehabilitado como hotel rural durante los años 90. Permanece cerrado desde el año 2008 con el consiguiente deterioro de sus instalaciones.

Ante la diversidad de opiniones respecto a cuál es la mejor opción para su gestión y puesta en funcionamiento, se propone crear un Grupo de Trabajo “Casa Rugama”. El objetivo es que todos los residentes isleños interesados puedan expresar su opinión y tengan una mayor implicación en el futuro y la sostenibilidad económica de este bien público.
El grupo de trabajo “Casa Rugama” estará formado por 10 miembros del público. Asistidos por la Consejería de Turismo del Cabildo así como de Patrimonio Cultural. Otros departamentos podrán ser invitados a participar (economía, legal, etc.) dependiendo de los temas a tocar en las reuniones.
            Los miembros del grupo de trabajo tendrán una variada composición y además del público en general, es oportuno que participen personas con conocimiento y experiencia relativos a turismo, explotaciones hoteleras, conservación, economistas, así como apreciación por el patrimonio cultural y natural de la isla.
Las competencias serán estudiar, identificar así como proveer asesoramiento razonado y sugerencias en lo relativo al mantenimiento, uso, actuaciones y sostenibilidad económica de la “Casa Rugama”.
La duración es de un año, al término del cual se emitirá un informe con las recomendaciones pertinentes.


III. TABLA


DATOS GENERALES
KINGSTON, ONTARIO (CANADÁ)

Población: 159.561
12 concejales
Alcalde
PUERTO ROSARIO, FUERTEVENTURA

Población: 36.285
9 concejales
Alcalde

(Casi 4,5 veces más políticos)

CABILDO DE FUERTEVENTURA
Población: 103.167      12 consejeros              Participación Ciudadana: Inexistente
                                     Presidente



PARTICIPACION CIUDADANA
A través de Comités/Comisiones.

En la actualidad hay 36 comités/grupos de trabajo. 2 tipos:
.Legales: establecidos por obligación legal. Por ejemplo: Comité del Taxi o el Comité de Apelaciones (Appeals Committee) creado x la legislación sobre edificación y vivienda (Building Code).
Este último conoce de reclamaciones sobre pequeñas modificaciones a la legislación así como denegaciones o revocaciones de técnicos del ayuntamiento.
.De asesoramiento: creados por normativa municipal. Por ejemplo:
. Cté. Asesoramiento Medioambiental
. Cté Patrimonio Municipal.
.Cté Cementerio Municipal.
. Cté Discapacidad.
. Cté Museos, .Cté Vivienda
. Cté. Arte y Cultura ….etc

“Reglamento de participación ciudadana”

2 órganos:
.Consejo Municipal
1
.Consejos Sectoriales
Reuniones con asociaciones concretas para programar iniciativas conjuntas. Por ej. con asociaciones de comerciantes para promocionar el sector.

CONCEJALIAS/PART%20CIUDADANA/
Reglamento%20part.ciudadana.pdf



COMPOSICION Y FUNCIONES


Composición: Variada. Normalmente
.1 o 2 concejales
. de 3 a 10 miembros del público
. Suelen incluir representantes de grupos/sectores especialmente interesados.

Número máximo recomendado para ser operativos: 15


Funciones: Variada. Las más comunes son:
.- como fuente de asesoramiento técnico,
.- para revisar políticas o procedimientos actuales.
.- órganos para ayudar a la toma de decisiones.
.- órganos de vigilancia y control de la actuación del ayuntamiento.

Funcionamiento:
. La participación es voluntaria.
. Hay una limitación a 6 años consecutivos para la participación en un mismo comité. 
. Las reuniones son variadas, dependiendo de las funciones del comité: desde una vez al mes hasta 3 0 4 veces al año.
.-Elaboración de Informes finales para dar cuenta de la gestión realizada.

Existe una Guía para ayudar a los Aytos. http://www.fcm.ca/Documents/tools/ International/Local_Government_ Participatory_Practices_Manual_EN.pdf

Consejo Municipal:

Composición (art. 13):
. Alcalde
.6 concejales: 1 x cada grupo político + concejal de Participación Ciudadana.
. 5 representantes de asociaciones y colectivos ciudadanos inscritos en el Registro Municipal.

En la actualidad hay 104 asociaciones registradas (AA.VV , deportivas y culturales).

Funciones (art. 12):
.- Informativa y de debate de las líneas generales de actuación del Ayto.
.- Expresar su parecer en aquellos asuntos que el Ayto. decida someterle.



Funcionamiento:
. Reuniones, como mínimo, 2 veces al año


Consejos Sectoriales
Reuniones puntuales con AAVV., Asociaciones Culturales, etc.


martes, 27 de enero de 2015

Salvar Personas: Una Propuesta concreta en Canarias

Aplicación concreta al municipio de Puerto del Rosario, de la propuesta elaborada conjuntamente con la fenomenal periodista y aún mejor persona Cristina Ortiz Gómez, del documento Salvar Personas y que, próximamente, publicaremos como propuesta de cambio.



Medidas necesarias desde nuestro ayuntamiento para la ciudadanía

Teniendo en cuenta que la vivienda es un condicionante imprescindible para garantizar una vida digna, y un derecho básico recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entendemos que la administración debe hacer todo lo posible para asegurarla. Se debe gobernar para las personas y, cuando el sistema ha fallado en relación a un bien tan esencial como la vivienda, garante de muchos otros derechos, debe ser el propio sistema el que articule las políticas económicas necesarias para evitar una situación injusta de desigualdad social.

Desde el Ayuntamiento de Puerto del Rosario se deben seguir una serie de líneas de actuación de carácter urgente, que garanticen la efectividad de este derecho. Entendemos las siguientes medidas  básicas. de entre las muchas que las administraciones locales pueden desarrollar, para implantar un plan de incentivación del alquiler:

- La declaración reciente de Fuerteventura como Zona Libre de Desahucios implica que es el ayuntamiento el encargado de velar por su cumplimiento, en el ámbito municipal. Por lo tanto, debe gestionar las viviendas vacías para garantizar que no habrá ningún desahucio más sin alternativa habitacional. De esta forma, las personas con menos recursos económicos podrán acceder a una vivienda en régimen de alquiler social y, por otro lado, los propietarios de vivienda particulares que se sumen a esta iniciativa recibirán unos ingresos garantizados, que a su vez repercutirán positivamente en la economía del municipio.

- Apoyo desde la Oficina de Atención al Ciudadano a todas aquellas personas que tienen en sus contratos hipotecarios clausulas abusivas, para que puedan tramitar reclamaciones conjuntamente.

- Creación de un Observatorio de la vivienda, compuesto por representantes de las instituciones y de la sociedad civil, con el objetivo de elaborar un censo de la situación de vivienda vacía, acompañado de un plan de rehabilitación de viviendas y edificios, con criterios de eficiencia energética.

- Como medida complementaria, garantizar los suministros de agua y luz básicos.

- Exigir a las entidades bancarias que efectúen algún desahucio, que se responsabilicen de pagar el IBI y otros impuestos al ayuntamiento, así como las referidas a  viviendas que ya han pasado por el proceso de ejecución hipotecaria, también debe exigirse regularizar el pago de estos impuestos.

Al ceñirnos al ámbito municipal, se hace evidente que quedan fuera del alcance de estas medidas acometer reformas sobre aspectos básicos estructurales que han generado el problema si bien se deben apoyar desde la corporación local dichas medidas.


Anexo: La propuesta elaborada conjuntamente con Cristina Ortiz se plasmó en documento y se ha puesto en público en internet en el sitio http://www.salvarpersonas.com/

Nunca más un país sin su gente!


Dada la baja del sitio web, se inserta en este post el documento completo:

Salvar personas



ANTECEDENTES

El drama social originado por la pérdida de vivienda habitual supone una vulneración fragante de los Derechos Humanos. Tal y como se recoge en el artículo 10, apartado 2, de la Constitución Española (1978).

“Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las materias ratificados por España”

La vivienda es un condicionante imprescindible para garantizar una vida digna, ya que implica el desarrollo de otros derechos, como el derecho a la intimidad, al voto o a la protección de colectivos sociales especialmente vulnerables (infancia y mujeres) y que se ven mayormente afectados. Es por ello, que no debiera haber ningún desalojo sin alternativa habitacional.

A esto hay que añadir la vulneración del derecho procesal de defensa durante el procedimiento hipotecario, en el caso de que se trate de vivienda en propiedad. Recientemente, el TSJE se ha pronunciado al respecto, usando este argumento por primera vez, para señalar que se atenta contra los derechos procesales de carácter judicial.

Las principales expresiones de este conflicto han sido las ejecuciones hipotecarias masivas y los consecuentes desalojos forzosos sin alternativa habitacional, de los que en Fuerteventura también hemos sido testigos; un proceso de acaparamiento ilícito de viviendas por parte de las entidades financieras; las dificultades de acceso a la vivienda en alquiler social; y el proceso de venta a fondos buitre, así como el deterioro de numerosos inmuebles, a consecuencia de la irresponsable actuación de las administraciones locales canarias.

En el caso de la vivienda en propiedad, debemos tener en cuenta que además, fue utilizada como medio de canalización del ahorro
familiar, de ahí que ya sólo desde el punto de vista económico merezca especial protección. La dación en pago (habitual en los sistemas de financiación anglosajones), es una medida financiera que no soluciona ni mucho menos la totalidad del problema. No obstante, sí es evidente la gran injusticia de tener que pagar por una deuda vinculada a un bien tan básico y protegido por el derecho internacional, y que ya no se posee, teniendo en cuenta que la pérdida procede de un proceso hipotecario donde la indefensión del deudor frente a la entidad financiera es manifiesta, tal y como señalan los pronunciamientos europeos al respecto. Independientemente de esta medida que proponemos, entendemos necesaria una modificación del Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.

Por otra parte es comprensible la preocupación por el cumplimiento de los contratos, ya que es básico en nuestro estado de derecho. En este sentido debemos argumentar dos cuestiones:

Por un lado, debe haber la misma reciprocidad para el hipotecado que para la entidad hipotecante, que sí ha recibido, de manera más que generosa y poco transparente, todas las ayudas que ha requerido. Todo ello, a pesar de estar más que demostrada, la cuanto menos mala gestión de las entidades financieras rescatadas, con numerosos casos de escándalos que últimamente están llenando los medios (tarjetas Black, financiación ilegal de partidos políticos, pérdidas por mala gestión, etc …): Podemos resumirlo en una frase: “los préstamos hay que devolverlos… señor banquero”.

El segundo punto es que debemos dejar claro que el incumplimiento por parte de una familia puede deberse a un mal cálculo de sus posibilidades financieras e incluso de mala suerte. Dos también, pero ¿Cien?, ¿Mil?… es evidente que la cifra, que aproximamos en unos 170.000.- desde el comienzo de la crisis y hasta finales de 2012, no es un error de esas personas, es un evidente fallo del sistema y, en consecuencia, debe ser el propio sistema el que aporte la solución.

Es evidente que las medidas que proponemos son para personas. Usamos el concepto de familia como unidad económica proveniente de la Teoría Económica Neoclásica ya que en ellas, con independencia de su número, orientación sexual, composición generacional y cualquier otro criterio, se ponen en común trabajo, rentas y esfuerzos de diversas personas que conviven en una misma vivienda.


OBJETIVOS PRIORITARIOS

En este contexto, proponemos una agenda de lucha común en defensa de la garantía del derecho a una vivienda para todas y todos los ciudadanos de Fuerteventura, de acuerdo a los estándares internacionales de Derechos Humanos. Esto incluye:

1º La paralización inmediata de desalojos forzosos. Realojos obligatorios. Esta medida sería aplicada en todos los desalojos, desahucios y lanzamientos de primera vivienda. Estos no se podrán producir sin una alternativa habitacional digna, adecuada a los niveles de renta de cada caso y en la zona donde el afectado tenga sus redes vitales y sociales. Esta memoria de arraigo es un punto central, como desarrollaremos posteriormente en nuestras propuestas concretas.
2º El derecho a la dación en pago con carácter retroactivo, que implica acabar con las deudas perpetuas derivadas de los préstamos hipotecarios.

3º El reconocimiento del alquiler social. La penalización de la situación de acaparamiento de viviendas por parte de las entidades financieras, y el desarrollo del parque de vivienda pública en Fuerteventura.

4º La existencia de procedimientos judiciales con todas las garantías. Para ello se propone impulsar una serie de cambios en la legislación que garanticen elementos claves como el derecho a la defensa, el derecho a la tutela judicial efectiva, recurso efectivo, igualdad de armas, especial protección de la parte débil y de la población vulnerable y prevención del delito de acaparamiento en los procedimientos donde se dirime el derecho a la vivienda y los contratos entre corporaciones y consumidores. Asimismo, se pretende impulsar la formación de letrados y jueces en materia de cláusulas abusivas y legislación relativa al delito de la usurpación, para intentar despenalizar este delito en casos de familias desahuciadas y que no dispongan de alternativa habitacional.

5º El fin de la impunidad financiera y la apertura de una auditoría social que constate la violación de Derechos Humanos en nuestro país y permita poner en práctica los principios universales de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

Estas demandas de vital importancia ya han sido recogidas por la ciudadanía organizada en movimientos como “Stop Desahucios” a través de las Plataformas de Afectados por las Hipotecas, PAHs, que cuenta con más de 200 nodos en todo el estado. Es de vital importancia reconocer que la tensión democrática, aquella que permite a la ciudadanía fiscalizar, exigir y demandar, se produce a partir de la existencia de organizaciones civiles fuertes, autónomas y con capacidad de articular demandas y luchas. Sin ellas, la calidad democrática se verá indudablemente dañada.

Además de las cuestiones de contenidos que desarrollaremos a continuación (desahucios, vivienda pública, alquileres, suministros), el compromiso incluirá también reuniones periódicas con la PAH para informar sobre los avances de dichas políticas. En el caso de que Podemos Fuerteventura no sea capaz de desarrollar estas medidas en su mayoría (difícil de cuantificar, se establece un 80% de las propuestas a modo referencial) nos comprometemos a facilitar todas las herramientas posibles para que sea nuevamente la ciudadanía quien consiga hacer efectivo el derecho a una vivienda digna, como viene haciendo hasta ahora.

CUANTIFICACIÓN DE AFECTADOS Y ALCANCE DE LA
PROPUESTA

Es de destacar la inexistencia de unas cifras fiables sobre el número de familias que han perdido su vivienda y, en reciprocidad han pasado a poder de las entidades bancarias hipotecantes. Por otra parte, hay una disparidad de datos según nos refiramos a demandas, ejecuciones o acuerdos voluntarios (especialmente mediante la dación en pago).

Las cifras dadas por el CGPJ señalan 415.117 casos desde 2008 hasta el cierre de 2012, pero al no estar desglosadas ni incluir tampoco los datos de los Juzgados de 1ª Instancia, no son válidas.

La cifra aportada por el subsecretario de Economía y Competitividad y coordinador del grupo de trabajo sobre desahucios, Miguel Temboury, nos parece extraordinariamente baja, dado que cifraba entre 4.000 y 15.000 el número desahucios de primera vivienda cuyo acreedor era el banco. Esta cifra se correspondería con los últimos cuatro años, según se desprendía en medios tan “respetables” como el ABC. (1*)
Otras publicaciones evidencian el desorden, cuando no la tendenciosidad, de cifras que desde ciertos medios de comunicación han sido usadas para titulares nada realistas, como indicar que España es el país de la OCD con menos desahucios de primeras viviendas. (2*)

Es por ello que D. Cayo Lara, como diputado, realizó una solicitud oficial de información sobre este tema (3*) que fue contestada con una falta de información, pero con el compromiso del gobierno de sacar una estadística que permitiese dar luz sobre este tema. Debemos considerar que los datos publicados por la encuesta del Banco de España, nos parecen, por tanto correctos. El siguiente enlace tiene insertada la estadística oficial del Banco de España. (4*)

En resumen, contamos con el dato estadístico elaborado por el Banco de España para las primeras viviendas entregadas judicial o voluntariamente en 2012, esto es, un total de 32.490. Para el primer trimestre de 2014, el INE ya ha facilitado la cifra de 9.464 ejecuciones de Vivienda habitual.

En consonancia, es evidente que la cifra aproximada de 170.000 (primera vivienda desde el inicio de la crisis y hasta finales de 2012) es la correcta; por lo que incluyendo los ejercicios de 2013 y 2014, estamos hablando aproximadamente de 250.000 familias afectadas. Unos datos más actualizados y aproximados que los publicados por diversos medios (aunque algo elevados según nuestros cálculos) los encontramos en el siguiente artículo del barómetro social. (5*)


PROPUESTA PRINCIPAL

Entendemos que se gobierna para las personas y, cuando el sistema ha fallado en relación a un bien tan básico como la vivienda, garante de muchos otros derechos humanos, debe ser el propio sistema el que articule las políticas económicas necesarias para evitar una situación injusta de desigualdad social. No es la entidad bancaria, empresa privada que en última instancia aspira a tener legítimos beneficios, quien debe actuar como agente social. Tampoco debemos de inmiscuirnos en la gestión de sus activos, aunque estos hayan sido adquiridos de una manera, cuanto menos social y éticamente reprobables. Por otra parte, entendemos que la solución no puede pasar por ayudar únicamente a uno de los partícipes de los contratos hipotecarios, entiéndase evidentemente la entidad bancaria a razón de los hechos; si bien si podemos aceptar la conveniencia de apoyar a estas entidades, en aras de evitar tanto el colapso del sistema financiero como del sector estratégico, como de la pérdida de ahorros de pequeños impositores, ciudadanos por cuyos intereses también debemos velar.

Por todo ello, nuestra propuesta se centra en la asunción por parte de la administración de la carga hipotecaria de las personas que, habiendo sido aceptadas por el sistema bancario como idóneas para su contratación, les sea imposible asumir en estos momentos el pago de la hipoteca de su primera vivienda, debido al devenir de la situación de crisis de nuestro país.
La articulación de dicha propuesta se produciría sin modificación de normativa legal alguna, sino simplemente mediante la realización de una anotación preventiva de prohibición de enajenar la vivienda hasta la cancelación del crédito a favor de la administración, por el importe máximo de 10 anualidades. Éste es el tiempo máximo que entendemos necesario para remontar esta crisis. (Ver anexo sobre esta herramienta jurídica de prohibición de enajenación)

Se propone por tanto, una novación con la entidad bancaria, que suponga a su vez la ventaja de modificar las condiciones del contrato de hipoteca, y por ello, la eliminación de las cláusulas consideradas abusivas por la Jurisprudencia (fundamentalmente de intereses de demora y tipo suelo), y renegociar el tipo de interés mediante convenio con las entidades bancarias. A fin de cuentas, estas operaciones están avaladas por la administración, por lo que el tipo de interés debe ser preferencial. El interés que cobraría el Estado sería el interés legal y se cobraría al finalizar ese periodo de 10 años, o antes si el beneficiado recupera su capacidad de pago según se estipule reglamentariamente. Para evitar agravios comparativos, se impondrían máximos de cuota mensual.

Por otra parte, las condiciones para comenzar a devolver ese préstamo, debe ser una cantidad de salario que perciba el solicitante. El baremo en casos de alquiler social suele ser 3 veces el SMI, pero proponemos que dependa en mayor medida de cada situación concreta, ya que habrá casos en los que el indicador del SMI no pueda aplicarse. En las Leyes de Presupuestos del Estado para cada ejercicio, se indicaría el incremento del % de retención por el IRPF aplicable en las nóminas para ir percibiendo el recobro de los importes abonados por esta medida. También se incluiría una cláusula de paralización temporal de la ayuda, en función del SMI (por ejemplo 1,5).

Es evidente que, en caso de transmisión de la finca, se debe liquidar el crédito generado a favor de la administración. Por otra parte, al ser una medida de orden social, sí que se debe legislar en cuanto a la exención de las comisiones y tributos y rebaja de los gastos notariales y registrales.


EVALUACIÓN DEL COSTE ECONÓMICO Y COMPARACIÓN CON MEDIDAS EFECTUADAS

Si se hubiesen tomado estas medidas desde el principio de la crisis, el coste hubiese sido de aproximadamente 15.000 millones de euros, abonando el Estado anualmente 1.500 millones (si contabilizamos 250.000 familias que reciban 6.000 euros al año de cuotas de hipoteca).

Por contra, las viviendas ejecutadas han producido minusvalías en los balances de los bancos. Si recurrimos de nuevo a las mismas cifras, calculamos que por cada 250.000 familias se debe 118.255 € de hipoteca media, así el 80% (suponiendo que hayan pagado un 20% hasta que hayan sido declaradas fallidas) por el 50% (estimación de pérdida de valor actual de esas viviendas)



SALVAR PERSONAS
SALVAR BANCOS
IMPORTE TOTAL
15.000M€ TOTAL 10 AÑOS

11.825,5.-€
PÉRDIDAS
0
11.825,5.-€

A estos datos habría que añadirle el hecho de que el mercado inmobiliario tendría esas viviendas ocupadas, con lo que ello supondría de mejora en los balances de las entidades bancarias, así como mayor fluidez de dinero en la economía, ya que las familias destinarían los ingresos íntegramente a consumo.

VENTAJAS
Asumiendo este pago temporalmente evitamos la pérdida de vivienda por parte de las familias, a la vez que la entidad bancaria recibe el pago de la cuota comprometida, evitando así un problema tan importante como el desarraigo para el afectado. Ayudamos así a ambas partes pero, a la entidad bancaria únicamente al garantizar una solución para los afectados, sin que sea una ayuda generalizada para el saneamiento de sus balances.

Esta medida sale más barata al Gobierno, y por ende al contribuyente, ya que el coste del pago de las cuotas hipotecarias es menor que las pérdidas por depreciación de los inmuebles adjudicados en subasta judicial. Y, además, el dinero que la administración “presta” al ciudadano no se pierde, a diferencia de lo que, por desgracia, hemos comprobado con el apoyo indiscriminado a entidades bancarias.

Los ciudadanos apoyados no desaparecen, como ocurre con las entidades bancarias que quiebran. Las garantías para la administración son reales en cuanto a la devolución de dichos préstamos


UNA APLICACIÓN INMEDIATA: FUERTEVENTURA

Para la correcta aplicación de nuestra propuesta en Fuerteventura debemos conocer el número total de afectados. Será difícil obtener este dato en los Juzgados insulares. Sin embargo, según un reciente estudio de la Fundación 1º de Mayo, Fuerteventura es uno de los Partidos Judiciales que más densidad de ejecuciones hipotecarias tiene en España: esto supone un total de 29,85 de cada 100.000 habitantes (8*) Redondeamos a 30 por ser esa la población de Fuerteventura según el último censo de 2009. A esta cifra debemos añadir las pérdidas de vivienda de las familias mediante el acuerdo extrajudicial de dación en pago. Según las cifras de los años 2012 y 2013 (9*), de cada 3 viviendas perdidas, una se hizo con entrega extrajudicial y dos mediante sentencia. Por ello un cálculo sencillo indica la cifra aproximada de 45 viviendas perdidas al año en Fuerteventura

Detallamos la estimación del importe que deberá dotar el Cabildo. Incorporamos la refinanciación necesaria usando un porcentaje con fondos sociales de Canarias ya existentes, como el cheque vivienda, que se incorporaría a este plan. Para un plan de acción de máximo 4 años sería:
EJERCICIO
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
BENEFICIADOS
2015 (Primer año)
270.000.-€ (45x 6.000.-€/mes)
45
2016
540.000.-€ (año en curso mas los provenientes ejercicio anterior menos los que consigan empleo)
90
2017
810.000.-€ (Ídem)
135
2018
1.080.000.-€ (Ídem)
180

El importe de las ayudas para alquileres sociales podemos cifrarlo en 3.600€ anuales por familia. Para 100 familias, la dotación presupuestaria anual sería de 360.000€ anuales adicionales.
Los planes de empleo deberán incluir especialmente a este colectivo, por lo que se supone que debería disminuir a partir del segundo año, hasta quedar de manera residual.


MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

No podemos obviar, que a la pérdida de la principal propiedad de las familias en el caso de la vivienda hipotecada (vinculada al ahorro a largo plazo como comentamos), se suma el drama social que imposibilita el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler, llegando a producirse un mayor número de desahucios. Según datos del Consejo General del Poder Judicial. Los desahucios por alquiler suponen el 56'8% de los alzamientos registrados en 2013. (6*)

La existencia de un enorme parque de viviendas vacías y, por otro lado, de tantas familias necesitadas de las mismas, evidencian la necesidad de políticas de vivienda pública por parte de la administración para solucionar este problema.

Nuestra propuesta complementa con la creación de un parque de viviendas vacías para el alquiler social gestionado por los ayuntamientos y cuyo coste sea sufragado por los servicios sociales de las administraciones con más recursos, tales como la estatal, autonómica e, incluso, la insular, en el caso de Canarias.

En función de la renta de los solicitantes, el alquiler a pagar será desde cero a una cuantía en proporción al alquiler medio de la zona y, evidentemente, netamente inferior. Los propietarios de dichas viviendas, al tener garantizado tanto la gestión, como la duración y el pago del arrendamiento, se sentirán ineludiblemente atraídos para poner a disposición del mercado, esas viviendas ahora vacías.

Para la administración será un coste mucho menor que la ayuda para el pago de la hipoteca y del alquiler y, está dirigido a familias que, por motivos laborales o personales, no han estado interesadas en vivir en régimen de propiedad o, según sus perspectivas, no podrán hacerlo en los próximos ejercicios.

En este sentido, añadimos una serie de medidas complementarias a nivel municipal, que coinciden en gran parte con las reivindicaciones sociales exigidas por los colectivos que defienden el derecho a la vivienda en el estado como son:

1) Plan de incentivación del alquiler

a) Censo de la situación de las viviendas y viviendas vacías. Creación de un observatorio de la vivienda, compuesto por representantes de las instituciones y de la sociedad civil. Entre sus funciones estaría hacer censos periódicos de viviendas vacías, hacer seguimiento de las políticas públicas, elaborar informes; contaría con capacidades no sólo consultivas sino también de control, seguimiento, denuncia, ejecutivas y de propuesta legislativa.

b) Incorporación de las viviendas de bancos al nuevo parque público:

b.1) Viviendas vacías de bancos rescatados y de la sareb: reconversión de todas estas viviendas en un parque público de vivienda destinadas a alquiler social. Para ello se deberán implementar leyes similares a las de otros lugares de Europa, donde se puede requisar temporalmente e incluso expropiar las viviendas, para que formen parte de ese parque público con un alquiler social proporcional a los ingresos de las familias; en caso de renta cero, se podrá ceder la vivienda con un seguimiento por parte de agencias públicas.

b.2) En el caso del resto de entidades financieras. Penalización a través del IBI a las viviendas vacías. Revisión periódica del catastro y de los informes de tasación del IBI.

c) Plan de rehabilitación de las viviendas

d) Precio regulado según metro, zonas y necesidades

e) Criterios de acceso priorizados para entrar según necesidades reales de vivienda de las familias.

2) Suministros y Gastos de Comunidad:

a) Es evidente que el empobrecimiento de la población por la pérdida de empleo, a consecuencia de la crisis, es lo que hace que las familias dejen de pagar “el último recibo” relacionado con la vivienda, ya sea como cuota hipotecaria o como pago de alquiler. Siendo así, esto conlleva el consecuente impago de los demás recibos de suministros necesarios para la vivienda, como son los suministros de agua, luz y comunidad. Es por ello que se hace necesaria la imposición de precios sociales mucho más reales que los actuales (el 10% del consumo eléctrico) a las compañías de suministros. Esto se podría hacer a partir de la implantación de bonos sociales dedicados a los sectores estratégicos. En este sentido, las compañías de suministro energético y de agua, como principales suministradores de bienes básicos, deben someterse a colaboración, más aún cuando sus beneficios claramente permiten la adopción de estas medidas.

b) Garantía de acceso al agua a los habitantes del municipio, en aquellos municipios encargados de la gestión del agua. Se propone la remunicipalización en caso contrario. Si el problema es la situación irregular de los habitantes, en ningún caso se cortarán los suministros y las agencias públicas velarán por regularizar dicha situación

c) Plan de apoyo a los gastos de comunidad para familias con menores ingresos. Plan de apoyo e intermediación entre los vecinos

3) Auditoría de la deuda de las empresas públicas de vivienda. Fin de la venta de patrimonio público y recuperación de las viviendas vendidas.

Entendemos necesario la replica de la implantación de estas medidas a nivel autonómico, añadiendo a su vez:

1) Impuestos. Aumento de los tramos autonómicos para aquellos propietarios de viviendas vacías, tal y como se define en el artículo 81 de la modificación de la Ley 2/2003 de Vivienda de Canarias, del 30 de enero. En esta serie de medidas para garantizar el derecho a la vivienda, se contemplan también los requisitos para considerar una vivienda deshabitada. (7*)

Al ceñirnos a dichos ámbitos, se hace evidente que quedan fuera del alcance de esta propuesta acometer reformas sobre aspectos básicos estructurales que han generado el problema. Como tales podemos citar la ineficiencia de los mercados financieros como canalizadores del ahorro familiar (mediante seguros de vida o united linked de uso frecuente en el resto de Europa), la baja tributación de las segundas y subsiguientes viviendas, la falta de control sobre la planificación urbanística municipal con el consiguiente boom inmobiliario, generador de importantes ingresos en las arcas de los ayuntamientos y que, además, ha permitido la generalización de la corrupción.

Asimismo, para velar por el cumplimiento de los derechos procesales de los afectados, proponemos de manera adicional una formación específica para jueces y letrados que les haga contar con las herramientas necesarias para equilibrar y asegurar la tutela judicial óptima. En relación a las cláusulas abusivas aplicadas sobre vivienda habitual, los magistrados deberían conocer sentencias previas en dicha materia y jugar el papel fundamental que le corresponde, para anular los efectos de dichas prácticas. Es un hecho absolutamente desastroso para la ciudadanía, que el gobierno esgrima el argumento de dañar la economía nacional, en perjuicio de la retroactividad de dichas cláusulas, pero por el contrario cuando la ciudadanía organizada denuncia la situación de emergencia habitacional, como la PAH y los numerosos colectivos de “Stop Desahucios” llevan haciendo desde 2009, se utilice el mismo argumento para negar el problema.

Otro aspecto que también sobrepasa el ámbito de esta propuesta sería el vinculado al empresario emprendedor, que además de su trabajo asume el riesgo de su negocio y que, al igual que en otras economías (tales como la de EEUU), limita su riesgo al capital aportado. De la misma forma, en España ocurre con las Sociedades de Capital, evitando así la pérdida patrimonial, no ya de lo invertido en su negocio, sino incluso de la vivienda habitual puesta como garantía para las operaciones de su empresa. Es evidente que las PYMES son el motor de la economía y son las que hay que ayudar para la generación de empleo, mediante un conjunto de normas que permitan desarrollar su labor dentro de la Economía.

Fuerteventura, enero de 2015

Firmantes:
Cristina Ortiz Gómez, periodista y activista por el derecho a la vivienda.
José Luis Méndez Altozano, economista.

Especial agradecimiento a María José Rodríguez Santana, Abogada



Enlaces relacionados

(1*) http://www.abc.es/economia/20121119/abci-desahucios-cifras-hogares-201211162244.html
(2*) http://www.idealista.com/news/finanzas-personales/hipotecas/2013/09/11/661757-espana-es-el-pais-con-menos-desahucios-de-primera-vivienda-de-la-ocde-segun
(3*) http://es.scribd.com/doc/147141512/Respuesta-del-Gobierno-a-Cayo-Lara-sobre-ejecuciones-hipotecarias-desde-2006
(4*) http://www.eldiario.es/economia/familias-perdieron-vivienda-impago-hipoteca_0_130887187.html#encuesta
(5*) http://barometrosocial.es/archivos/320
(6*) http://noticias.lainformacion.com/espana/los-desahucios-ya-se-producen-mas-en-alquileres_pGNrmEvetcylbW4PCXCG4/
(7*) http://www.boe.es/boe/dias/2014/07/11/pdfs/BOE-A-2014-7325.pdf
(8*) http://fuerteventuralimpia.blogspot.com.es/2014/07/estadistica-desahucios-top-10-estatal-puerto-rosario.html